Imprimir

Ley de presupuesto provincial para el ejercicio fiscal año 2017 Artículo 8 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley de presupuesto provincial para el ejercicio fiscal año 2017 San Juan
Artículo 8.

Los fondos provenientes de la venta de bienes del estado.Reembolso de prestamos de la administracion central, y los remanentes de ejercicios anteriores del sector publico provincial, ingresaran al tesoro provincial durante el ejercicio fiscal año 2017, con destino al financiamiento de erogaciones a cargo del estado, cuando el poder ejecutivo asi lo determine.

Quedan excluidos de esta facultad:

a) Los fondos destinados al programa de la direccion de sanidad vegetal,denominado "mosca de los frutos" b) Los recursos previstos por la ley provincial nº 568-I de promocion agricola e industrial.

c) Los fondos nacionales afectados a politicas sociales comunitarias y asistencia a la poblacion con necesidades basicas insatisfechas; y d) Los recursos previstos por la ley provincial nº 426-Q de fondos solidario hospitalario.



Provincia de San Juan Artículo 8 Ley de presupuesto provincial para el ejercicio fiscal año 2017
Artículo 1 ...6 7 8 9 10 ...40

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse