Ley de organización notarial Artículo 16 Provincia de Mendoza
Ley de organización notarial Mendoza
Artículo 16. PROTOCOLO
El protocolo se formará con los siguientes elementos:1- Los folios habilitados para el uso notarial y numerados correlativamente en cada año calendario, en letras y guarismos.
2- El conjunto de documentos matrices asentados en aquellos folios durante el lapso mencionado.
3- Las diligencias, notas y constancias complementarias o de referencia consignadas a continuación y al margen de los documentos matrices y en su caso, la apertura, cierre u otras circunstancias.
4- Los documentos que se incorporen por imperio de las leyes o a requerimiento expreso o implícito de los comparecientes.
5- Los índices que deben unirse, que se llevarán por otorgantes
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Extensión a la licencia ordinaria por la maternidad el subsidio denominado Cuarto Mes de Licencia por Maternidad Córdoba Artículo 4. Acceso al beneficio Actualizan el Radio Comunal de la localidad de Sagrada Familia Córdoba Artículo 1. Régimen de Municipios y Comunas Córdoba Artículo 234. Honorarios de los Abogados y los Procuradores Santiago del Estero Artículo 33. Perito Partidor Régimen de Municipios y Comunas Córdoba Artículo 219. Aplicación SupletoriaPublique la información de sí mismo
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