Ley de ordenamiento administrativo del personal policial Artículo 8 Provincia de San Luis
Ley de ordenamiento administrativo del personal policial San Luis
Artículo 8.
Superioridad Policial, es la situación que tiene un policía con respecto a otro, en razón de su grado jerárquico, antigüedad en el mismo o cargo que desempeña y se regirá por las siguientes pautas:a) La superioridad por cargo es la que resulta de la dependencia orgánica, que emana de las funciones que cada uno desempeña dentro de un mismo organismo;
b) La superioridad jerárquica es la que surge por ostentar un grado más elevado en la escala jerárquica;
c) La superioridad por antigüedad, es la que a igualdad de grado, se determina sucesivamente por la antigüedad en el mismo, por la antigüedad general, orden de mérito de egreso y por la edad;
d) A igual jerarquía y antigüedad, tendrá precedencia el personal del escalafón seguridad sobre el personal del escalafón profesional.-
Provincia de San Luis Artículo 8 Ley de ordenamiento administrativo del personal policial
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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