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Ley de ordenamiento administrativo del personal policial Artículo 30 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/09/2024

Ley de ordenamiento administrativo del personal policial San Luis
Artículo 30.

A los efectos de mantener la estructura policial, las vacantes dentro de los distintos grados de la Escala Jerárquica Policial serán proporcionales para los ascensos ordinarios y en consecuencia serán así conferidos. Como base, se tomará el CIEN POR CIENTO (100%) de los efectivos con el grado de Agente, Oficial Ayudante y Oficial Sub-Inspector, sobre la cual se calculará el porcentaje para los grados restantes de acuerdo al siguiente detalle:

CARRERA DE SUB OFICIALES Y AGENTES GRADOS PORCENTUALES AGENTE 100 % de los efectivos CABO 90 % del total de los efectivos con el grado de Agente CABO PRIMERO 90 % del total de los efectivos con el grado de Cabo SARGENTO 80 % del total de los efectivos con el grado de Cabo Primero SARGENTO PRIMERO 70 % del total de los efectivos SARGENTO AYUDANTE 60% del total de los efectivos con el grado de Sargento Primero SUB-OFICIAL PRINCIPAL 50% del total de los efectivos con el grado de Sargento Ayudante SUB- OFICIAL MAYOR 40% del total de los efectivos con el grado de Sub-Oficial Principal.

CARRERA DE OFICIALES GRADOS PORCENTUALES OFICIAL AYUDANTE y OFICIAL SUB-INSPECTOR 100% de los efectivos OFICIAL INSPECTOR 90% del total de los efectivos con los grados Oficial Ayudante y Oficial Sub-Inspector.

OFICIAL PRINCIPAL 80% de los efectivos con el SUB-COMISARIO 70% del total de los efectivos con el grado de Oficial Principal COMISARIO 60% del total de los efectivos con el grado de Sub-Comisario COMISARIO INSPECTOR 50% del total de los efectivos COMISARIO MAYOR 40% del total de los efectivos con el grado de Comisario Inspector.

COMISARIO GENERAL 40% del total de los efectivos con el grado de Comisario Mayor.

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el calculo de la vacaciones no gozadas se toma el bruto( o sea sueldo mas antiguedad)


Una consulta, en las escuelas públicas, los docentes y 7 o personal administrativo tienen un tiempo para desayunar/merendar? pregunto porque nos tienen prohibido hacerlo, me podrían asesorar? desde ya muchas gracias


hay jurisprudencia donde se declara nulo el contrato con el prestamista y ademas se la indemniza a la parte por contrato con clausulas abusivas. A mi criterio, su caso podria encuadrar con aquella decision que le comento.


después...no la verá ni de casualidad... El es el papá... que no acceda....


No soy profesional matriculado, puedo cobrar por la cobfección del contrato de locación ?????


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