Ley de Inclusión Social Artículo 9 Provincia de San Luis
Ley de Inclusión Social San Luis
Artículo 9.
Autorízase al Poder Ejecutivo a celebrar convenios con empresas del sector privado para la incorporación de beneficiarios de la presente en el desarrollo de proyectos de interés público.-
Provincia de San Luis Artículo 9 Ley de Inclusión Social
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Creación de la Agencia para el Desarrollo Económico y la Asistencia Social San Luis Artículo 19. Creación de la Agencia para el Desarrollo Económico y la Asistencia Social San Luis Artículo 15. REGLAMENTACIÓN Defensa del consumidor. Procedimiento administrativo Santa Cruz Artículo 4. Inspector de Consumo Ley Orgánica del Ministerio Público San Luis Artículo 25. Reglamentación Instituto Provincial de Derechos Humanos San Luis Artículo 8.Publique la información de sí mismo
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