Ley de Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos Artículo 9 Provincia de Entre Ríos
Ley de Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos Entre Ríos
Artículo 9.
Son atribuciones de la autoridad de aplicación: a) Diseñar, de acuerdo con los principios enunciados en la presente ley, la política de instrumentación de la gestión integral de residuos sólidos urbanos, estableciendo metas graduales y acciones concretas a desarrollar.b) Promover políticas fiscales y económicas para la implementación de sistemas integrales de gestión de residuos.
c) Coordinar con los municipios y comunas todas las acciones que correspondan a la implementación de las políticas en materia de gestión de residuos sólidos urbanos. Es prioritario en esta atribución dirigir, controlar y coordinar a los municipios y comunas en acciones tendientes al saneamiento de los pasivos ambientales, a la erradicación de los basurales a cielo abierto y a la reducción en origen y la clasificación domiciliaria de los residuos sólidos urbanos.
d) Elaborar planes provinciales para facilitar el acceso a fondos nacionales e internacionales para la construcción de rellenos con la fracción de rechazo, estaciones de transferencias, plantas de recuperación y otros sistemas asociados.
e) Aplicar las sanciones que prevé la presente ley en el modo y los plazos que fije la reglamentación y las resoluciones dictadas por la autoridad de aplicación.
Para el correcto cumplimiento de las funciones que se le asignan, la autoridad de aplicación podrá realizar todos los actos que entienda necesarios por sí o mediante convenios con las reparticiones de la administración centralizada o descentralizada, que estime pertinentes.
Para hacer efectivo el cumplimiento de sus disposiciones podrá recurrir, si es necesario, a la fuerza pública.
Provincia de Entre Ríos Artículo 9 Ley de Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos LEY 10.311, 23 de Junio de 2014
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
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