Ley de fomento y la promoción de la actividad audiovisual en su dimensión cultural e industrial Artículo 11 Provincia de Córdoba
Ley de fomento y la promoción de la actividad audiovisual en su dimensión cultural e industrial Córdoba
Artículo 11. Beneficios
Los sujetos a los que se refiere el artículo 10 de la presente Ley pueden gozar de los siguientes beneficios de promoción, en los términos y con las limitaciones y alcances que establezca la reglamentación:
a) Exención por diez años del Impuesto sobre los Ingresos Brutos o cualquier impuesto que lo reemplace en el futuro, sobre la actividad promovida;
b) Exención por diez años del Impuesto de Sellos que afecte a la actividad promovida;
c) Exención por diez años del Impuesto Inmobiliario sobre los inmuebles que se encuentren directamente afectados a la actividad promovida;
d) Subsidios por cinco años por cada trabajador nuevo contratado, y e) Subsidio por cinco años por consumos eléctricos.
Todos estos beneficios serán otorgados en las mismas condiciones y modalidades establecidas por la Ley Nº 9727 y sus modificatorias de "Promoción y Desarrollo Industrial de Córdoba" o la que en el futuro la reemplace.
Provincia de Córdoba Artículo 11 Ley de fomento y la promoción de la actividad audiovisual en su dimensión cultural e industrial
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
shhhhhhhhhhhhhhhhh
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
Leer de nuevo
Títulos de deuda para el pago de proveedores y contratistas del Estado Córdoba Artículo 8. Juicio por Jurados y con Vocales Legos Chubut Artículo 97. LEY GENERAL Procedimiento para la aplicación de los convenios sobre restitución internacional de niñas Córdoba Artículo 15. Intervención de la Autoridad Central Ley Impositiva año 2024 Córdoba Artículo 88. Código de Faltas Mendoza Artículo 53 bis.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios