Ley de Emergencia de Infraestructura y Equipamiento Portuario en el ámbito de la Dirección Provincia Artículo 2 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Ley de Emergencia de Infraestructura y Equipamiento Portuario en el ámbito de la Dirección Provincial de Puertos Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 2.
Autorízase contrataciones mediante el procedimiento de licitación privada, de compras, obras y contratos en virtud de las razones excepcionales declaradas en esta ley o de manera directa en virtud de lo establecido en el artículo 18, inciso b) de la Ley provincial 1015 y lo establecido en el artículo 9°, inciso c) de la Ley nacional 13.064, hasta las sumas indicadas en el jurisdiccional de emergencia creado a tal efecto detallado en el Anexo I de la presente.
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 2 Ley de Emergencia de Infraestructura y Equipamiento Portuario en el ámbito de la Dirección Provincial de Puertos
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Nueva Ley de Ministerios San Luis Artículo 12. Créase el Registro Provincial de Huellas Genéticas Digitalizadas Chubut Artículo 8. Incorporación de huellas Lineamientos generales para la implementación y desarrollo de la E-Salud en la Provincia como estrategia sanitaria innovadora Misiones Artículo 24. Autorización para desempeñar cargos de Cónsules Honorarios propuestos por gobiernos extranjeros Nacional Artículo 2. Creación de Terra Ignis Energía S.A Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 7.Publique la información de sí mismo
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