Ley de Educación Artículo 117 Provincia de La Pampa
Ley de Educación La Pampa
Artículo 117.
El Ministerio de Cultura y Educación, a través del área correspondiente, llevará adelante acciones de investigación y evaluación continua y periódica del sistema educativo, relevando y analizando la información necesaria para la toma de decisiones, el planeamiento estratégico y prospectivo, la producción de contenidos y materiales educativos, el diseño e implementación de planes de desarrollo educativo provinciales y nacionales y la articulación de las propuestas de transformación curricular con los organismos específicos tendientes al mejoramiento de la calidad y la promoción de la igualdad de oportunidades educativas. Se remitirá a la Cámara de Diputados informes de datos estadísticos, indicadores de eficacia del Sistema Educativo y resultados de Operativos Nacionales de Evaluación.
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Ley de Educación La Pampa Artículo 135. Código Procesal Penal Santiago del Estero Artículo 236. Inspección Código Contravencional Ciudad de Buenos Aires Artículo 111. Conducir con mayor cantidad de alcohol en sangre del permitido o bajo los efectos de estupefacientes Código Procesal Penal Santiago del Estero Artículo 570. Código Procesal Penal Santiago del Estero Artículo 418. Citación a juicio y excepcionesPublique la información de sí mismo
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