Imprimir

Ley de declaracion de utilidad publica y expropiaciones (ley tematica) Artículo 16 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/12/2025

Ley de declaracion de utilidad publica y expropiaciones (ley tematica) San Juan
Artículo 16. Ley Nº 116 (08/09/1924)

Queda igualmente autorizado el Poder Ejecutivo para expropiar las fuentes situadas en la Quebrada del Cerro "Talacasto" del Departamento de Albardón y conocidas con el nombre de "Baños de Talacasto". Esta expropiación se hará extensiva a una zona de tierra que partiendo de Talacasto llegue hasta el punto denominado "Ranchos de Arancibia", en el área que oportunamente fijará el Poder Ejecutivo por intermedio del Departamento General de Obras Públicas.



Provincia de San Juan Artículo 16 Ley de declaracion de utilidad publica y expropiaciones (ley tematica)
Artículo 1 ...14 15 16 17 18 ...422

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


Email: [email protected]

WhatsApp: 1149913881

consulte y despeje sus dudas.




Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


Email: [email protected]

WhatsApp: 1149913881

consulte y despeje sus dudas.




Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''


Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?

Muchas gracias y espero su espuesta.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse