Ley de compras y contrataciones Artículo 132 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ley de compras y contrataciones Ciudad de Buenos Aires
Artículo 132. Rescisión por culpa del co-contratante. Prestaciones de carácter especial
El incumplimiento de las prestaciones en que no sea posible admitir su satisfacción fuera de término, en razón de la naturaleza de las mismas y de las necesidades de la Administración, es sancionado con la rescisión del contrato más la pérdida de la garantía de cumplimiento del mismo por el importe total de aquella.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 132 Ley de compras y contrataciones
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Facultad al Poder Ejecutivo para realizar contrataciones o permisos de uso sobre torres y mástiles destinadas a las telecomunicaciones La Pampa Artículo 3. Ley de compras y contrataciones Ciudad de Buenos Aires Artículo 119. Facultades del organismo contratante Ley de compras y contrataciones Ciudad de Buenos Aires Artículo 21. Registros Informatizados. Subsistemas Servicio Público Provincial de Defensa Penal Santa Fe Artículo 62. Recursos Ley impositiva anual para el ejercicio fiscal 2026 San Luis Artículo 17.Publique la información de sí mismo
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