Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable Artículo 37 Provincia de Santa Fe
Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable Santa Fe
Artículo 37. Condición de descarga de efluentes
Todo usuario de aguas para uso industrial que deba realizar el vertido de efluentes en cursos y cuerpos de agua deberá tener en cuenta que estén tratados convenientemente, en las condiciones previstas en la normativa vigente respecto de sus características físico-químico-bioiógicas, y sin ocasionar perjuicios al ambiente, a los derechos de incidencia colectiva, a otros usos y a los derechos de terceros.
El incumplimiento de las prohibiciones aquí previstas será reputado falta grave y será sancionado de acuerdo a la legislación vigente en la materia cuya autoridad de aplicación es el Ministerio de Medio Ambiente o la que en el futuro lo reemplace.
Provincia de Santa Fe Artículo 37 Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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