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Ley de Agricultura Familiar y Economía Popular Artículo 4 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de Agricultura Familiar y Economía Popular Chaco
Artículo 4. Objetivos

Los objetivos de la presente ley son:

a) Propiciar la generación de nuevos polos económicos-productivos en zonas rurales y en localidades del interior provincial.

b) El genuino enfoque integral del territorio, teniendo en cuenta criterios de regionalización y ocupación armónica del territorio.

c) Fortalecer las cadenas de valor, promoviendo sistemas productivos sustentables en armonía con el medio ambiente y la idiosincrasia de los diferentes tipos sociales del medio rural.

d) Desarrollar políticas de comercialización que garanticen la colocación de la producción local en mercados más amplios.

e) Contribuir en la generación de empleo genuino.

f) El conjunto de acciones que impulsen un asentamiento poblacional equilibrado en todo el ámbito de la Provincia, así como una equitativa distribución regional de la renta provincial.

g) Promover el desarrollo local y la preservación de valores, identidades y culturas locales y regionales.

h) Participar con acciones de coordinación destinadas a reconocer, fomentar y fortalecer a los actores y a las unidades de producción de bienes y servicios de la Economía Popular.

i) Velar por el desarrollo, estabilidad y correcto funcionamiento de las unidades de la economía popular y el bienestar de sus integrantes y de la comunidad en general.

j) Definir las prioridades en cuanto a la asignación de recursos, en forma compatible con los requerimientos estratégicos.

k) Establecer un sistema de indicadores que permita evaluar la eficacia de los programas en relación con la atención de los problemas a la que se dirigen.

l) Diseñar programas de capacitación y asistencia técnica orientados a organismos ejecutores provinciales y municipales vinculados con la Economía Popular.

m) Coordinar con las jurisdicciones de otros niveles de gobierno, los lineamientos para el desarrollo y fortalecimiento de la Economía Popular.

n) Entender en el estudio y ejecución de proyectos de inversión tendientes al fortalecimiento de la Economía Popular de las cadenas de valor respectiva.

ñ) Intervenir en la gestión de cooperación técnica y financiera internacional y nacional ofrecidos para el cumplimiento de objetivos y políticas.



Provincia del Chaco Artículo 4 Ley de Agricultura Familiar y Economía Popular
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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