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Ley de Administración Financiera, las Contrataciones, la Administración de los Bienes y los Sistemas Artículo 25 Provincia de Catamarca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de Administración Financiera, las Contrataciones, la Administración de los Bienes y los Sistemas de Control del Sector Publico Catamarca
Artículo 25.

Si al inicio del ejercicio financiero no se encontrare aprobado el presupuesto general, regirá el que estuvo en vigencia el año pasado anterior, con los siguientes ajustes que el Poder Ejecutivo Provincial deberá introducir en los presupuestos de la Administración Central, Organismos Descentralizados, Instituciones de la Seguridad Social, Empresas y Sociedades del Estado:

a) En los presupuestos de recursos:

- eliminará los rubros de recursos que no puedan ser recaudados nuevamente;

- suprimirá los ingresos provenientes de operaciones de créditos publico autorizadas, en los montos en que fueron utilizados;

- excluirá los excedentes de ejercicios anteriores correspondientes al ejercicio financiero anterior en el caso que el presupuesto que se esta ejecutando hubiera previsto su utilización;

- estimará cada uno de los rubros de recursos para el nuevo ejercicio - incluirá los recursos provenientes de operaciones de crédito publico autorizadas y en ejecución, cuya percepción se prevea ocurrirá en el ejercicio;

b) En los presupuestos de gastos:

- eliminará los créditos presupuestarios que no deban repetirse por haberse cumplido los fines para los cuales fueron previstos;

- incluirá los créditos presupuestarios indispensables para el servicio de la deuda;

- incluirá los créditos presupuestarios indispensables para asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios;

- adaptará los objetivos y las cuantificaciones en unidades físicas de los bienes y servicios a producir por cada entidad, a los recursos y créditos presupuestarios que resulten de los ajustes anteriores.

Provincia de Catamarca Artículo 25 Ley de Administración Financiera, las Contrataciones, la Administración de los Bienes y los Sistemas de Control del Sector Publico
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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