Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado Artículo 37 Provincia de Santa Fe
Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado Santa Fe
Artículo 37.
Los directorios o máxima autoridad ejecutiva de las Empresas, Sociedades y Otros Entes Públicos, deben aprobar el proyecto de presupuesto anual de su gestión y remitirlo a la Dirección General de Presupuesto, en la fecha que estipula la reglamentación. Los proyectos de presupuesto deben expresar:a) a) Las políticas generales y los lineamientos específicos que, en materia presupuestaria, establezca el órgano coordinador de los sistemas de administración financiera y la autoridad de la jurisdicción correspondiente;
b) b) Los planes de acción, programas y principales metas, nivel de gastos clasificados por rubros y su financiamiento a un nivel de detalle que permita identificar las respectivas fuentes, el plan de inversiones, el presupuesto de caja, los recursos humanos a utilizar y que permitan establecer los resultados operativo, económico y financiero a través de la cuenta ahorro - inversión - financiamiento previstos para la gestión respectiva.
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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Se otorga carácter de fiesta provincial a la Santa Fe Artículo 5. Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2023 Buenos Aires Artículo 24. Incremento del Impuesto Inmobiliario Rural Santa Fe Artículo 18. Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable Santa Fe Artículo 79. Reintegro a la Autoridad de Aplicación Asistencia financiera a productores y pequeñas y medianas empresas Santa Fe Artículo 8.Publique la información de sí mismo
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