Ley Complementaria de la Ley sobre Riesgos del Trabajo (Ley Complementaria de la Ley sobre Riesgos del Trabajo) Provincia de Río Negro
Ley Complementaria de la Ley sobre Riesgos del Trabajo Provincia de Río Negro
- Artículo 1. Adhiérese la Provincia de Río Negro a las disposiciones contenidas en el...
- Artículo 2. Encomiéndase al Poder Ejecutivo provincial a través de la Secretaría de...
- Artículo 3. Determínase que el agotamiento de la vía administrativa ante la comisión...
- Artículo 4. Ningún médico o abogado que cumpla sus funciones para la Superintendencia de...
- Artículo 5. La ley arancelaria de abogados determinará los estipendios que les...
- Artículo 6. Los peritos de cualquier especialidad que intervengan en las controversias...
- Artículo 7. Entiéndese que los recursos ante el fuero laboral aludidos en el Art. 2°...
- Artículo 8. Sustitúyese el segundo párrafo del Art. 27 de la Ley P N°...
- Artículo 9. La entrada en vigencia de la presente ley así como la intervención...
- Artículo 10. Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese
Otras regulaciones
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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