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Ley Avalúo Fiscal 2018 Artículo 17 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 08/07/2025

Ley Avalúo Fiscal 2018 Mendoza
Artículo 17.

La Comisión para el Avalúo Fiscal, de carácter permanente, creada por la Ley Nº 4.062,estará integrada por la Administración Tributaria Mendoza a través del Director General de Catastro, quien la presidirá, un (1) Subdirector de la Dirección General de Catastro; un (1) representante de la Asociación de Viñateros; un (1) representante del Colegio de Agrimensura de la Provincia de Mendoza; un (1) representante del Colegio de Arquitectos de la Provincia de Mendoza; un (1) representante del Consejo Profesional de Ingenieros y Geólogos de la Provincia de Mendoza; un (1) representante de la Cámara Inmobiliaria de Mendoza; un (1) representante de la Universidad Nacional de Cuyo, Facultad de Ciencias Agrarias; un (1) representante del Centro de Estudios de Valores Inmobiliarios; un (1) técnico del Departamento General de Irrigación; cuatro (4) técnicos de la Administración Tributaria Mendoza - Dirección General de Catastro -. y un (1) informático de la A.T.M - Dirección de Tecnologías de la Información -.

La Comisión contará con dos (2) secretarios, uno encargado de los inmuebles urbanos y suburbanos y el otro de los rurales y secanos. Los miembros y los secretarios de la Comisión serán retribuidos en la forma establecida para los integrantes de organismos colegiados. Las reuniones de la Comisión tendrán una frecuencia mensual, como mínimo, debiendo confeccionarse un acta de cada una de ellas. Cada secretario expondrá los asuntos tratados y elevará a consideración de la totalidad de los miembros reunidos en plenario, la propuesta que de cada tema haga. La resolución que se adopte, se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de empate, el voto del presidente será doble. La Comisión podrá invitar a las reuniones al o los representantes municipales u organismos competentes, que correspondan a la ubicación de la parcela en estudio. Como así también solicitar para casos en particular la intervención de personal técnico de algún área específica de la Administración Tributaria Mendoza.



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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?


me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus


Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.


Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?


Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.


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