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Lengua Cultura Guaraní Mbya Artículo 8 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 04/05/2025

Lengua Cultura Guaraní Mbya Misiones
Artículo 8.

La autoridad de aplicación es el Ministerio de Derechos Humanos, teniendo como funciones:

1) Diseñar programas y acciones para vigorizar el conocimiento de la cultura y la lengua cultura guaraní Mbya;

2) Formular y ejecutar proyectos de desarrollo lingüístico, literario y educativo en lengua cultura guaraní Mbya;

3) Celebrar convenios con organismos, instituciones y universidades públicas y privadas a fin de impulsar la elaboración y edición de materiales bibliográficos en lengua-cultura guaraní Mbya;

4) Articular a través de las diferentes instituciones de educación superior públicas y privadas a nivel provincial y nacional, ateneos de lengua-cultura guaraní Mbya para la realización de investigaciones científicas, en los campos de la lingüística y la cultura;

5) Fomentar la implementación de la lengua-cultura guaraní Mbya, en las señaléticas utilizadas por las entidades públicas;

6) Generar la implementación de diseños accesibles en las páginas web oficiales, permitiendo el acceso a contenidos referentes a trámites, beneficios y actividades culturales, deportivas y recreativas;

7) Brindar asistencia técnica y participar en la difusión de programas audiovisuales en lengua-cultura guaraní Mbya;

8) Motivar la difusión en lengua-cultura guaraní Mbya, del contenido de programas provinciales, obras y servicios dirigidos a los pueblos originarios;

9) Incentivar de manera progresiva que las instituciones, reparticiones y oficinas públicas, cuenten con personal que tenga conocimiento de la lengua-cultura guaraní Mbya;

10) Generar espacios adecuados para la revitalización de la lengua-cultura guaraní Mbya, mediante actividades propias de la cultura de esta comunidad;

11) Generar una base de datos que permita, junto a los miembros referentes de las comunidades guaraní Mbya, elaborar un registro escrito del idioma originario.

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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?


Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales


buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS


Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?


El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar


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