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Institución como Mes Provincial de la Niñez al mes de Agosto de cada año Artículo 2 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Institución como Mes Provincial de la Niñez al mes de Agosto de cada año Misiones
Artículo 2.

La presente ley tiene los siguientes objetivos:

1) Desarrollar acciones que garanticen el derecho al juego como política pública;

2) Sensibilizar a los distintos actores sociales respecto a la importancia de concebir a los niños y a las niñas como sujetos de derecho;

3) Incentivar el desarrollo de una cultura de ciudadanía activa y transformadora desde la niñez en relación a la defensa de los derechos humanos, mediante el fortalecimiento de las capacidades y las competencias, la incidencia, el liderazgo y el intercambio de experiencias;

4) Generar encuentros recreativos destinados a los niños, las niñas y sus familias, a través del fortalecimiento interinstitucional, la integración y la articulación territorial;

5) Potenciar el desarrollo integral de la niñez, fomentando su protagonismo como promotores de derechos para que conozcan, promuevan y actúen como multiplicadores y defensores de los derechos que los atañen, con sus pares, en sus familias y en la comunidad;

6) Promover el conocimiento del ordenamiento jurídico en relación al paradigma actual de derechos de la niñez y en el marco de la legislación vigente;

7) Impulsar el juego como un factor de desarrollo individual y comunitario en el uso cotidiano de los espacios;

8) Fomentar la libertad de expresión en cada niño y niña, a través de actividades recreativas, según sus preferencias y habilidades;

9) Promocionar la enseñanza durante las primeras etapas de la niñez, a través de la metodología lúdica, adaptando los entornos educativos, facilitando así la adquisición de conocimientos concretos;

10) Propender la fraternidad entre niños y niñas, dando a conocer sus derechos en un ambiente de bienestar, visibilizando las diferentes tradiciones culturales arraigadas en la Provincia;

11) Asegurar el derecho de los niños al descanso, al esparcimiento, al juego, a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en las actividades sociales y culturales de su comunidad.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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