Incrementa en un TRECE POR CIENTO los sueldos básicos del personal Artículo 15 Provincia del Chubut
Incrementa en un TRECE POR CIENTO los sueldos básicos del personal Chubut
Artículo 15.
ESTABLÉCESE que a los efectos de la liquidación de las Asignaciones Familiares, conforme los topes establecidos por la Ley XVIII Nº 49 (antes Ley Nº 5.602), no se contabilizarán los incrementos salariales que por la presente Ley se otorgan, abonándose las mismas de acuerdo a la liquidación practicada en el mes de julio del año 2009.
Provincia del Chubut Artículo 15 Incrementa en un TRECE POR CIENTO (13,00%) los sueldos básicos del personal comprendido en la Ley I Nº 341 (antes Ley Nº 5.647)
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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