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Homenaje a los ex soldados combatientes conscriptos oriundos Artículo 2 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Homenaje a los ex soldados combatientes conscriptos oriundos Tucumán
Artículo 2.

Modifícase la Ley N° 7205 y sus modificatorias N° 7233 y N° 7302, en la forma que se indica a continuación:

1.- Reemplazar el Artículo 4°, por el siguiente:

"Art. 4°.- El importe mensual de la renta será:

1. El equivalente a la remuneración básica de la categoría veinticuatro (24) del escalafón general, para los beneficiarios de esta Ley que hubieran estado destinados en el área de los Teatros de Operaciones Malvinas y Atlántico Sur, hayan entrado o no en combate.

2. El equivalente a la remuneración básica que percibe el agente de la categoría veinte (20) del escalafón general de la Administración Pública Provincial para el resto de los beneficiarios comprendidos en el Artículo 1°."



Provincia de Tucumán Artículo 2 Homenaje a los ex soldados combatientes conscriptos oriundos de la Provincia de Tucumán. Modifica la Ley 7205 y sus modificatorias Nº 7233 y Nº 7302
Artículo 1 2 3

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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