Gratuidad en el servicio de energía eléctrica para usuarios electrodependientes (Gratuidad en el servicio de energía eléctrica para usuarios electrodependientes) Provincia del Neuquén
Gratuidad en el servicio de energía eléctrica para usuarios electrodependientes Provincia del Neuquén
- Artículo 1. Se adhiere a la Ley nacional 27351, que garantiza a las personas...
- Artículo 2. Los usuarios electrodependientes por cuestiones de salud gozan del beneficio...
- Artículo 3. Se crea el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud en el...
- Artículo 4. Para inscribirse en el Registro, el usuario titular del servicio o un...
- Artículo 5. El Ministerio de Energía, Servicios Públicos y Recursos Naturales, junto con...
- Artículo 6. Ante un corte prolongado del servicio público de provisión de energía...
- Artículo 7. El Poder Ejecutivo debe designar la autoridad de aplicación de esta norma,...
- Artículo 8. Se invita a los municipios de la Provincia a adherir a la presente Ley.
- Artículo 9. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Adhesión a la Ley nacional 27428 Eximición de Impuesto para Inmuebles rurales y subrurales dedicados a la producción agrícola Se declara municipio de segunda categoría a la localidad de Villa Pehuenia Emergencia sanitaria. Extender, en forma excepcional, hasta un máximo de nueve (9) meses los plazos legales de duración de la prisión preventiva Asociación y Federación de Bomberos VoluntariosMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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