Garantia de Financiamiento de Instituciones Asistenciales Artículo 21 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Garantia de Financiamiento de Instituciones Asistenciales Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 21.
El Consejo Hospitalario tendrá las siguientes atribuciones, funciones y deberes:a) colaborar con los planes, programas y proyectos destinados a dar cumplimiento a las políticas de salud fijadas por el Poder Ejecutivo;
b) velar por el cumplimiento de las normas administrativas, de organización, financiamiento y contrataciones del hospital, en concordancia con las disposiciones legales vigentes;
c) visar el anteproyecto anual de presupuesto antes del 31 de julio de cada año;
d) tomar conocimiento del inventario general de bienes, créditos y deudas y supervisar convenios, concesión y contratación de servicios, obras y suministros, adquisiciones, alquileres con opción a compra o por cualquier otro título y bienes de capital;
e) establecer un sistema de control de gestión por resultados;
f) supervisar los programas de capacitación del personal elevados por el director del hospital;
g) proponer y elevar para la aprobación de la autoridad sanitaria, la constitución e implementación de nuevos servicios y programas que favorezcan el desarrollo institucional y la extensión de cobertura en su área de responsabilidad;
h) tomar conocimiento de la Memoria y Balance General, Inventario y Cuenta de Recursos y Gastos dentro de los noventa (90) días de cerrado el Ejercicio financiero;
i) solicitar asistencia técnica de cualquier dependencia del Poder Ejecutivo con competencia en una materia;
j) solicitar informes al Tribunal de Cuentas cuando lo estime conveniente; y k) dictar su Reglamento Interno.
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 21 Garantia de Financiamiento de Instituciones Asistenciales LEY 1.004, 12 de Diciembre de 2014
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
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