Imprimir

Formación y capacitación obligatoria, continua y permanente en la temática de discapacidad Artículo 2 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Formación y capacitación obligatoria, continua y permanente en la temática de discapacidad Río Negro
Artículo 2. La capacitación. Contenido

La capacitación se lleva a cabo conforme los contenidos curriculares que establezca cada organismo en el ámbito de su competencia y debe estar orientada a cumplir los siguientes objetivos:

a) Garantizar un trato adecuado y no discriminatorio a personas con discapacidad.

b) Ofrecer orientación legal y administrativa actualizada para ejercer sus derechos.

c) Facilitar a las personas con discapacidad su desempeño en la comunidad, permitiendo y facilitando su efectiva inclusión en la sociedad.

d) Asegurar una accesibilidad plena en condiciones de seguridad y autonomía en los espacios de dominio y uso público, para el desarrollo de sus actividades diarias sin restricciones.

e) Cumplir con los lineamientos del modelo social que entiende a la persona primero como persona en el reconocimiento de sus derechos humanos, civiles, políticos y de libertades fundamentales y entiende a la persona con discapacidad como sujeto pleno de derechos.

f) La capacitación debe contemplar el pleno conocimiento por parte de los sujetos obligados de los instrumentos normativos locales, nacionales e internacionales sobre la temática de discapacidad que se encuentren vigentes.



Provincia de Río Negro Artículo 2 Formación y capacitación obligatoria, continua y permanente en la temática de discapacidad para todas las personas que se desempeñen Administración Pública
Artículo 1 2 3 4 ...9

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse