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Fomento a la producción de Jengibre Artículo 5 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Fomento a la producción de Jengibre Misiones
Artículo 5.

Las funciones de la autoridad de aplicación son:

1) Establecer el procedimiento y requisitos de inscripción en el Registro de Productores de Jengibre;

2) Implementar medidas de regulación y fiscalización necesarias para garantizar la calidad de la producción de jengibre;

3) Promover el desarrollo con innovación tecnológica;

4) Fomentar prácticas de cultivo que minimicen la incidencia de plagas y enfermedades;

5) Diseñar e implementar programas de asesoramiento, capacitación y formación técnica destinados a los productores;

6) Optimizar los procesos de organización, producción y comercialización;

7) Propiciar la comercialización interna y externa de jengibre, con énfasis en ferias, mercados locales y regionales;

8) Realizar relevamientos y análisis de las acciones que se desarrollan con la implementación de la presente ley;

9) Incentivar la creación de asociaciones y cooperativas de productores;

10) Proponer la realización de estudios e investigaciones tecnológicas para mejorar la producción y comercialización de jengibre;

11) Difundir información sobre las propiedades, beneficios y valor nutricional del jengibre.



Provincia de Misiones Artículo 5 Fomento a la producción de Jengibre
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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