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Etiquetado de eficiencia energética de inmuebles destinados a vivienda Artículo 8 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Etiquetado de eficiencia energética de inmuebles destinados a vivienda Santa Fe
Artículo 8. Registro General de la Propiedad

La Etiqueta debe ser solicitada para su presentación y registración en las escrituras traslativas de dominio alcanzadas por la presente ley, y la Autoridad de Aplicación y/o el autorizante del acto y/o el escribano interviniente, debe informar al Registro General de la Propiedad de la Provincia de Santa Fe, la calificación de eficiencia energética de un inmueble destinado a vivienda, a fin de que éste pueda documentar en nota marginal sobre la certificación de eficiencia energética del inmueble con su categoría respectiva.

Ante la falta de presentación y registración de la Etiqueta se presume clase de eficiencia energética G.



Provincia de Santa Fe Artículo 8 Etiquetado de eficiencia energética de inmuebles destinados a vivienda
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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