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Estatuto del personal docente de la Provincia Artículo 146 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Estatuto del personal docente de la Provincia Buenos Aires
Artículo 146.

A los efectos de la aplicación de las normas previstas en el capítulo anterior se constituirán con carácter permanente para cada rama de la enseñanza, los tribunales de disciplina, organismos que desempeñan las funciones previstas en el presente estatuto y su reglamentación.

Los mencionados tribunales de disciplina serán integrados por:

a) El Subsecretario de Educación quien lo presidirá o el Vicepresidente Primero del Consejo General de Educación y Cultura, en su reemplazo.

b) El Director de la repartición docente que corresponda, quien podrá ser reemplazado por el Subdirector correspondiente o por el inspector jefe de la región de supervisión.

c) Un Inspector de enseñanza de la especialidad y jurisdicción del presunto imputado, en funciones al momento de tramitar el sumario y que no haya actuado en la etapa presumarial.

d) Un docente de la misma jerarquía y especialidad de la región de supervisión, cuyo nombre se extraerá de la lista que por orden de mérito elaborara el tribunal de clasificación.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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