Establecen un marco normativo al desarrollo de las fiestas populares Artículo 7 Provincia del Chubut
Establecen un marco normativo al desarrollo de las fiestas populares Chubut
Artículo 7. Funciones de la Autoridad de Aplicación
Son funciones de la Autoridad de Aplicación:a) Realizar un relevamiento de las Fiestas Populares que actualmente se desarrollan en la Provincia y acompañar su organización para ser reconocidas como tal, de acuerdo con lo que establece esta norma;
b) llevar adelante un Registro de Fiestas Populares de la Provincia del Chubut;
c) elaborar y difundir el cronograma anual de Fiestas Populares de la Provincia del Chubut;
d) brindar asistencia técnica en los aspectos organizacionales de las Fiestas Populares declaradas como tal en la Provincia del Chubut;
e) elaborar anteproyectos de Ley para que la Honorable Legislatura Provincial, determine el reconocimiento de una actividad como Fiesta Popular de la Provincia del Chubut;
f) elaborar y desarrollar un plan de trabajo que articule las diferentes Fiestas Populares de la Provincia del Chubut, junto con los distintos Municipios y Comunas Rurales de modo tal que esas acciones fortalezcan y promuevan su permanencia en el tiempo;
g) realizar acciones de difusión y promoción de las Fiestas Populares, celebrando convenios de colaboración con distintas instituciones, de modo de permitir la afluencia de público a estos eventos.
Provincia del Chubut Artículo 7 Establecen un marco normativo al desarrollo de las fiestas populares LEY I 791, 4 de Noviembre de 2024
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
Leer de nuevo
Creación del Colegio de Profesionales en Obstetricia Tucumán Artículo 13. Ley de Distribución, Transporte y Generación de Energía Eléctrica Artículo 54. Promover la inversión y el desarrollo de diversas actividades económicas Neuquén Artículo 9.Recomendados
Establecen un marco normativo al desarrollo de las fiestas populares Chubut Artículo 10. Expositores y feriantes Establecen un marco normativo al desarrollo de las fiestas populares Chubut Artículo 1. Objeto Establecen un marco normativo al desarrollo de las fiestas populares Chubut Artículo 9. Cupos de artistas locales Establecen un marco normativo al desarrollo de las fiestas populares Chubut Artículo 14. Establecen un marco normativo al desarrollo de las fiestas populares Chubut Artículo 5. ClasificaciónPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios