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Establecen normas para la conservación y el manejo sostenible de los bosques nativos Artículo 16 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Establecen normas para la conservación y el manejo sostenible de los bosques nativos Buenos Aires
Artículo 16.

El Estudio de Impacto Ambiental deberá contener los siguientes datos e información técnica de base:

a) Individualización de los titulares responsables del proyecto y del Estudio de Impacto Ambiental.

b) Descripción del proyecto propuesto con especial mención de: objetivos, localización, componentes, tecnología, materias primas e insumos, fuente y consumo energético, residuos, productos, etapas, generación de empleo, beneficios económicos (discriminando privados, públicos y grupos sociales beneficiados), número de beneficiarios directos e indirectos.

c) Plan de Manejo Sostenible de los bosques nativos, comprendiendo propuestas para prevenir y mitigar los impactos ambientales adversos y optimizar los impactos positivos, acciones de restauración ambiental y mecanismos de compensación, medidas de monitoreo, de seguimiento de los impactos ambientales detectados y de respuesta a emergencias.

d) Para el caso de operaciones de desmonte, Plan de Cambio de Uso del Suelo, debiendo analizarse la relación espacial entre áreas de desmonte y áreas correspondientes a masas forestales circundantes, a fin de asegurar la coherencia en el ordenamiento territorial.

e) Descripción del ambiente en que se desarrollará el proyecto: definición del área de influencia, estado de situación del medio natural y antrópico, con especial referencia a la situación actualizada de pueblos indígenas, originarios o comunidades campesinas o pequeños productores que habitan la zona, los componentes físicos, biológicos, sociales, económicos y culturales, su dinámica e interacciones, los problemas ambientales y los valores patrimoniales, y el marco legal e institucional.

f) Prognosis de cómo evolucionará el medio físico, económico y social si no se realiza el proyecto propuesto.

g) Análisis de alternativas: descripción y evaluación comparativa de los proyectos alternativos de localización, tecnología y operación, y sus respectivos efectos ambientales y sociales.

Descripción y evaluación detallada de la alternativa seleccionada.

h) Impactos ambientales significativos: identificación, caracterización y evaluación de los efectos previsibles, positivos y negativos, directos e indirectos, singulares y acumulativos, a corto, mediano y largo plazo, enunciando las incertidumbres asociadas a los pronósticos y considerando todas las etapas del ciclo del proyecto.

i) Documento de síntesis, redactado en términos fácilmente comprensibles, que contenga en forma sumaria los hallazgos y acciones recomendadas.

j) Cualquier otro requisito que establezca la Autoridad de Aplicación.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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