Establece la capacitación obligatoria en primeros auxilios y reanimación cardiopulmonar Artículo 4 Provincia de Tucumán
Establece la capacitación obligatoria en primeros auxilios y reanimación cardiopulmonar Tucumán
Artículo 4.
Será Autoridad de Aplicación de la presente Ley el Ministerio de Salud Pública, y articulará sus acciones con las áreas que considere pertinentes a efectos de dar cumplimiento a lo aquí dispuesto.
Provincia de Tucumán Artículo 4 Establece la capacitación obligatoria en primeros auxilios y reanimación cardiopulmonar para todos los agentes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial LEY 9.791, 10 de Septiembre de 2024
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo dni 92285198 -1555150621 .
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
Leer de nuevo
Creación del Juzgado de Familia en Villa Cabecera de San Carlos Mendoza Artículo 9. Acuerdo de Renegociación con la Empresa Petroquímica Comodoro Rivadavia La Pampa Artículo 5. Régimen Jurídico Especial para la escrituración gratuita de las viviendas construidas Río Negro Artículo 8. Excepciones catastrales Creación de la Agencia provincial de Evaluación de Tecnologías Sanitarias Mendoza Artículo 16. Creación de la Agencia Desarrollo Ambiental, Sociedad de Economía Mixta San Juan Artículo 12.Recomendados
Establece la capacitación obligatoria en primeros auxilios y reanimación cardiopulmonar Tucumán Artículo 1. Establecen Juicio por Jurados Populares Mendoza Artículo 4. Carga pública Prevención de Incendios Forestales y Rurales Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 9. Adhirieron a la Ley Nacional sobre diagnóstico humanizado Catamarca Artículo 6. Ejercicio profesional de ciencias económicas Mendoza Artículo 31.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios