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Escalafon para el personal de las policías de la Provincia de Buenos Aires Artículo 55 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/04/2024

Escalafon para el personal de las policías de la Provincia Buenos Aires
Artículo 55.

El Poder Ejecutivo determinará las conductas que constituyen falta grave, leve o simple y las sanciones que, para cada una de ellas, corresponda, así como las atenuantes y agravantes. A esos fines, como falta simple, serán considerados los hechos que infrinjan normas vinculadas al aseo personal, al orden, indumentaria, conservación de materiales de trabajo, corrección en el trato con el público. Faltas leves, las vinculadas con las normas que determinen faltas de puntualidad, inasistencias injustificadas, declaraciones públicas estando bajo sumario sobre los hechos que motivaron el mismo, efectuar reclamos o recursos infundados, utilizar influencias para definir destinos laborales, falta de respeto a la superioridad. Faltas graves, las inherentes a conductas que involucren al personal en hechos de corrupción, abandono del servicio, actos que impliquen la violación de derechos humanos, uso abusivo de su status profesional, incumplimiento de órdenes de servicio. Las sanciones de suspensión mayor de diez (10) días, la cesantía y la exoneración sólo podrán ser aplicadas previo sumario administrativo. La reglamentación fijará el procedimiento sumarial y determinará la autoridad facultada para aplicar cada una de las sanciones previstas en el artículo anterior. El apercibimiento y la suspensión serán recurribles ante la autoridad que determine la reglamentación, la que fijará asimismo el plazo para interponer el recurso y su procedimiento. La cesantía y la exoneración serán susceptibles de impugnación por acción judicial, previo agotamiento de la vía administrativa.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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