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Ejercicio Profesional de la Obstetricia Artículo 6 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ejercicio Profesional de la Obstetricia Salta
Artículo 6.

Funciones del profesional en Obstetricia:

1. Brindar consulta a la mujer en las etapas: pre-concepcional, antenatal, durante el embarazo y en estado puerperal, acorde a los alcances que le otorga el título de grado.

2. Detección precoz del embarazo.

3. Controlar el embarazo de bajo riesgo en los tres trimestres de la gestación.

4. Controlar y conducir el trabajo de parto normal.

5. Inducir al trabajo de parto según indicación médica.

6. Asistir el parto y el alumbramiento normal.

7. Asistir al recién nacido sano y reconocer los signos de alarma, para realizar la consulta o derivación oportuna al especialista, cuando no se encuentre el profesional encargado de la recepción del mismo.

8. Brindar atención durante el puerperio inmediato, mediato y tardío, de bajo riesgo.

9. Indicar e interpretar análisis de laboratorio y estudios complementarios para el control del embarazo y puerperio de bajo riesgo.

10. Practicar la toma para la detección de la infección por Estreptococo ? Hemolítico.

11. Realizar, interpretar e informar estudios de Monitoreo Fetal.

12. Diagnosticar y evaluar los factores de riesgo obstétrico, calificar y referir según los niveles de atención al profesional médico especialista.

13. Integrar el equipo de salud interdisciplinario en la atención de pacientes de alto riesgo que son referidas al especialista.

14. Ejecutar medidas de emergencia y urgencia en caso necesario, hasta que concurra el especialista, como así conformar equipos de emergencia obstétrica.

15. Prescribir y administrar vacunas del Calendario Nacional y fármacos según vademécum obstétrico de acuerdo a las tareas de promoción y prevención de la salud.

16. Fomentar el vínculo madre - hijo y la lactancia materna.

17. Coordinar y dictar los Cursos de Preparación Integral para la Maternidad, como actividad exclusiva del profesional de la Obstetricia, o con participación del equipo de salud interdisciplinario.

18. Realizar acciones de prevención, promoción y consejería en Salud Sexual y Reproductiva.

19. Brindar asesoramiento, consejería e indicar métodos anticonceptivos, inclusive la colocación del Dispositivo Intrauterino (DIU) previa capacitación avalada por el Ministerio de Salud Pública.

20. Brindar consejería y toma de material de exámenes rutinarios que permitan detectar precozmente el cáncer cérvico uterino, mamario y pesquisa de enfermedades de transmisión sexual.

21. Brindar consulta y tratamiento de las afecciones del tracto genital inferior de menor complejidad, previniendo el parto pre-término; la ruptura prematura de membranas ovulares o la corioamnionitis.

22. Colaborar en la asistencia del parto distócico y en la terminación del parto quirúrgico junto con el especialista, en los casos que razones asistenciales de urgencia o emergencia así lo determinen.

23. En los partos de bajo riesgo, podrán extender certificados prenatales de fecha probable de parto, de atención, de descanso pre y post natal y de nacimiento; confeccionar la historia clínica y evolucionar la misma, otros preventivos promocionales, como así también expedir las órdenes de internación y alta para la asistencia del parto; en todos los ámbitos. En los casos en que se presentare una Defunción Fetal, sin perjuicio de quien realice la asistencia, las mismas deberán ser refrendadas por el Profesional Médico a cargo y por la/el Obstétrica/o conjuntamente. En circunstancias excepcionales en las que no se encontrara alguno de los dos profesionales citados, el instrumento podrá ser confeccionado por el médico u Obstétrica/o que se encuentre presente.

24. Planificar, programar, coordinar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar, evaluar, y asesorar actividades docentes en sus diferentes modalidades y niveles educativos.

25. Diseñar, elaborar, ejecutar y evaluar proyectos y trabajos de investigación.

26. Participar en el campo de la Medicina Legal, efectuando peritajes dentro de su competencia, previa capacitación en instituciones habilitadas por la Corte de Justicia o autoridad competente.

27. Utilizar, indicar y recetar medicaciones inherentes al manejo del embarazo, parto y puerperio de bajo riesgo según incumbencias profesionales y vademécum obstétrico.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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