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Ejercicio de las profesiones de la salud y sus actividades de apoyo Artículo 3 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ejercicio de las profesiones de la salud y sus actividades de apoyo Río Negro
Artículo 3.

Para ejercer las profesiones y tecnicaturas reglamentadas en la presente Ley, las personas comprendidas en la misma deberán inscribir previamente sus títulos en el Ministerio de Salud, los que deberán contar con la certificación del Ministerio del Interior de la Nación.

Para ejercer como auxiliares se exigirá certificado habilitante, visado por el Ministerio de Educación provincial.

El Consejo Provincial de Salud Pública, será responsable de autorizar y controlar el ejercicio de las profesiones, tecnicaturas y actividades auxiliares, otorgar las respectivas matrículas y habilitar los establecimientos donde se realicen las actividades a las que esta Ley se refiere y los vehículos destinados específicamente a la atención de la salud, de acuerdo a las condiciones y procedimientos establecidos en la reglamentación de esta Ley y otras normas legales o resoluciones complementarias o de ella derivadas.

Provincia de Río Negro Artículo 3 Ejercicio de las profesiones de la salud y sus actividades de apoyo
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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