Ejercicio de la Profesión de Traductor Público (Ejercicio de la Profesión de Traductor Público) Provincia de Salta
Ejercicio de la Profesión de Traductor Público Provincia de Salta
- TITULO I-EJERCICIO PROFESIONAL DE LOS TRADUCTORES PÚBLICOS
- Artículo 1. El ejercicio de la profesión de Traductor Público en el territorio de la...
- Artículo 2. Los Traductores Públicos pueden ejercer las actividades previstas en las...
- Artículo 3. Para ejercer la profesión de Traductor Público se requiere: a) Poseer...
- Artículo 4. No podrán ejercer la profesión: a) Las personas incapaces, con capacidad...
- Artículo 5. A los efectos de la inscripción, se debe: a) Acreditar identidad...
- Artículo 6. A los efectos de obtener la matrícula, el aspirante presentará el pedido de...
- TITULO II-COLEGIO DE TRADUCTORES PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE SALTA
CAPÍTULO I ATRIBUCIONES - Artículo 7. Créase con carácter de persona jurídica de derecho público no estatal el...
- Artículo 8. Tiene su sede en la ciudad de Salta y ejerce la jurisdicción en todo el...
- Artículo 9. Son atribuciones del Colegio: a) Otorgar y controlar la matrícula de los...
- Artículo 10. Esta Ley no excluye ni limita el derecho de asociarse y agremiarse con fines...
- CAPÍTULO II AUTORIDADES DEL COLEGIO
- Artículo 11. Son autoridades del Colegio: a) La Asamblea. b) El Consejo...
- CAPÍTULO III ASAMBLEA
- Artículo 12. La Asamblea se reúne cada año, en la fecha que establezca la reglamentación,...
- Artículo 13. El Consejo Directivo puede convocar a Asamblea extraordinaria por sí o a...
- Artículo 14. Las Asambleas funcionan con la presencia de más de un tercio de los...
- Artículo 15. Son atribuciones de las Asambleas: a) Aprobar o rechazar, en forma total...
- CAPÍTULO IV CONSEJO DIRECTIVO
- Artículo 16. El Consejo Directivo está integrado por siete (7) miembros: un (1)...
- Artículo 17. En la elección del primer Consejo Directivo, o en el caso de remoción se...
- Artículo 18. El Presidente preside las reuniones y el Vicepresidente lo reemplaza en sus...
- Artículo 19. El Presidente representa al Colegio en todos los actos internos y externos,...
- Artículo 20. El Presidente y el Secretario, o el Tesorero, en nombre y en representación...
- Artículo 21. El Secretario tiene a su cargo la correspondencia, actas, contratos y demás...
- Artículo 22. El Tesorero ejecuta y supervisa la contabilidad, percibe y deposita los...
- Artículo 23. Las reuniones del Consejo Directivo requieren un quórum legal de cinco (5)...
- Artículo 24. Son deberes y atribuciones del Consejo Directivo: a) Otorgar y controlar...
- CAPÍTULO V TRIBUNAL DE DISCIPLINA Y ÉTICA PROFESIONAL
- Artículo 25. El Tribunal de Disciplina y Ética Profesional conoce y juzga por denuncia, o...
- Artículo 26. El Tribunal está integrado por tres (3) miembros titulares y tres (3)...
- Artículo 27. Las infracciones a los deberes profesionales quedan sujetas a las siguientes...
- Artículo 28. Para la graduación de las sanciones se considera, la modalidad y el móvil del...
- Artículo 29. El Tribunal de Disciplina y Ética Profesional puede disponer por resolución...
- Artículo 30. El colegiado inhabilitado para el ejercicio profesional, podrá ser...
- Artículo 31. El Tribunal de Disciplina y Ética Profesional dicta el Reglamento del proceso...
- Artículo 32. Los miembros del Tribunal de Disciplina y Ética Profesional deben excusarse o...
- CAPÍTULO VI ELECCIONES
- Artículo 33. Son electores los matriculados que no tengan deudas con el Colegio y no se...
- Artículo 34. La elección de los miembros del Consejo Directivo y del Tribunal de...
- Artículo 35. El mandato de todos los cargos electivos titulares y suplentes, dura tres (3)...
- Artículo 36. Las elecciones se realizan con una anticipación de por lo menos sesenta (60)...
- Artículo 37. La Junta Electoral está formada por tres (3) colegiados designados por...
- Artículo 38. La fecha de elecciones se fija mediante convocatoria, la cual debe hacerse...
- Artículo 39. La recepción de votos dura seis (6) horas consecutivas, está a cargo de la...
- Artículo 40. Las listas intervinientes pueden impugnar el acto eleccionario dentro de las...
- Artículo 41. Se aplica supletoriamente el Régimen Electoral Provincial y sus...
- CAPÍTULO VII PATRIMONIO
- Artículo 42. El patrimonio del Colegio se conforma por: a) Las cuotas de inscripción...
- Artículo 43. El Consejo Directivo "ad-referéndum" de la Asamblea y una vez garantizados...
- CAPÍTULO VIII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS
- Artículo 44. A los fines de lo dispuesto en esta Ley, el Poder Ejecutivo Provincial a...
- Artículo 45. Las asociaciones o centros de existencia anterior que se mantengan como...
- Artículo 46. En la primera elección no se exige la antigüedad requerida para los...
- Artículo 47. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Instituye Sistema de Boleto Gratuito para Transporte Automotor de pasajeros Semana de Concientización y Prevención de Patologías en la columna vertebral Creación de un cargo de Defensor Oficial de Violencia Familiar y de Género en el distrito Judicial del Sur, circunscripción Anta, con asiento en la ciudad de Joaquín V. González Adhesión a la Ley Nacional 27.684 Declara de interés provincial la pormoción permanente de la hemodonación voluntaria y habitualMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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