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Ejercicio de la Profesión de Ingeniero Forestal y Creación del Colegio de Ingenieros Forestales Artículo 39 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ejercicio de la Profesión de Ingeniero Forestal y Creación del Colegio de Ingenieros Forestales Misiones
Artículo 39.

Sin perjuicio de considerar como transgresiones a la ética profesional del Ingeniero Forestal, Ingeniero en Industrias de la Madera, Ingeniero en Industrias Forestales y títulos afines, todo incumplimiento de las disposiciones de esta Ley, las reglamentaciones que al efecto se dicten, resoluciones y disposiciones emanadas de las autoridades del Colegio, dictadas en la esfera de sus atribuciones específicas, son consideradas entre otras como faltas graves las siguientes:

a) la firma de trabajos, documento o cualquier otra instrumentación que implique y comprenda, el ejercicio de la profesión de Ingeniero Forestal, Ingeniero en Industrias de la Madera, Ingeniero en Industrias Forestales, y títulos afines, sin que el trabajo haya sido ejecutado por el profesional en la medida que dicha firma, formal y substancialmente, lo hace suponer;

b) el ejercicio de la profesión con la matrícula suspendida;

c) condena criminal por delito doloso o culposo profesional, o sancionados con accesoria de inhabilitación profesional;

d) retardo, negligencia o ineptitud manifiesta;

e) violación al régimen de incompatibilidad instituido por la presente;

f) toda acción u omisión en actuación pública o privada, no contenida en la enunciación precedente que comprometa el honor y la dignidad de la profesión.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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