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Donación de una fracción de terreno del dominio privado Artículo 1 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Donación de una fracción de terreno del dominio privado San Juan
Artículo 1. OBJETO

Dónase una fracción de terreno, al Poder Judicial de San Juan de un inmueble propiedad del Dominio Privado del Gobierno de la Provincia de San Juan, ubicado en calle Blanco s/n entre las calles Meglioli y Cruz Godoy, Departamento San Martín, identificado como lote "A", Nomenclatura Catastral de Origen 12-40-680556, según plano de mensura registrado por la Dirección de Geodesia y Catastro bajo expediente N. 12-1592-08, inscripto en el registro inmobiliario al Folio Real Matrícula N.12- 1664, Dominio Privado, Departamento San Martín, Año 2005, con una superficie según título y mensura de la que surge del plano de mensura correspondiente; cuyo monto total asciende a la cantidad de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 383.800,00), según surge de la valuación del Tribunal de Tasaciones de la Provincia de San Juan, en Acuerdo N. 5734, de fecha 26 de Agosto de 2016 y que será destinado a la construcción del salón y oficinas del Juzgado de Paz.



Provincia de San Juan Artículo 1 Donación de una fracción de terreno del dominio privado del Gobierno de San Juan, al Poder Judicial, el que será destinado a la construcción de un salón y oficinas del Juzgado de Paz
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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