Distinciones. Declaraciones de interés Artículo 1 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Distinciones. Declaraciones de interés Ciudad de Buenos Aires
Artículo 1. Distinciones
Se instituyen en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires las siguientes distinciones:
Visitante Ilustre de la Ciudad de Buenos Aires.
Huésped de Honor de la Ciudad de Buenos Aires.
Ciudadano/a Ilustre de la Ciudad de Buenos Aires.
Personalidad Destacada de la Ciudad de Buenos Aires.
Medalla al mérito.
Diploma de Honor al Valor o Arrojo.
(Se otorgarán conforme a los requisitos y normas establecidas por la presente Ley.)
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 1 Distinciones. Declaraciones de interés
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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