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Derechos de los Consumidores y Usuarios Artículo 30 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Derechos de los Consumidores y Usuarios Jujuy
Artículo 30. FONDO DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR

Créase el Fondo Especial para la Defensa del Consumidor, que se integrará con el importe de las multas que provengan de infracciones a las disposiciones de la Ley Nacional N° 24.240 de Defensa del Consumidor. Los recursos del Fondo se destinarán a solventar los gastos que demandan el cumplimiento de los objetivos previstos en esta norma y el funcionamiento de la Autoridad de Aplicación.



Provincia de Jujuy Artículo 30 Derechos de los Consumidores y Usuarios. Procedimiento administrativo para la efectiva tutela
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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