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Derecho a la Protección de la Salud Mental de todas las personas Artículo 12 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Derecho a la Protección de la Salud Mental de todas las personas La Rioja
Artículo 12.

El Plan Provincial de Salud Mental al que se refiere el Artículo 11° de esta Ley contendrá los fundamentos, objetivos, políticas, lineamientos y acciones en Salud Mental para el ámbito provincial. Deberá priorizar como objetivo estratégico, la transformación del Sistema de Salud Mental, mediante la planificación de acciones que favorezcan:

a) Los procesos de inclusión social mediante la integración de las personas con padecimiento mental en su red de vínculos familiares y comunitarios;

b) El abordaje de la Salud Mental de las personas como un proceso dinámico y contextual que incluya la promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación;

c) La inclusión del Sistema de Salud Mental en el Sistema General de Salud y la articulación con las redes comunitarias e institucionales de la comunidad en general;

d) La adecuación y actualización de las estructuras asistenciales existentes y de las modalidades de abordaje terapéutico en los servicios ofrecidos conforme a criterios sanitarios y profesiones en vigencia, que respeten los lineamientos de la presente Ley.

Provincia de La Rioja Artículo 12 Salud pública. Derecho a la Protección de la Salud Mental de todas las personas, y el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental en todo el territorio provincial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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