Declaración de zonas de desastre y emergencia hídrica, económica, productiva y social (Declaración de zonas de desastre y emergencia hídrica, económica, productiva y social) Nacional
Declaración de zonas de desastre y emergencia hídrica, económica, productiva y social Nacional
- Artículo 1. Declárase zona de desastre y emergencia hídrica, económica, productiva y...
- Artículo 2. El Poder Ejecutivo nacional constituirá, en un plazo de treinta (30) días un...
- Artículo 3. El Poder Ejecutivo nacional destinará fondos adicionales a la cobertura de...
- Artículo 4. Facúltase al Poder Ejecutivo nacional para que adopte medidas de asistencia...
- Artículo 5. El Poder Ejecutivo nacional, a través de la Administración Federal de...
- Artículo 6. Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a reasignar las partidas...
- Artículo 7. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
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