Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia, los inmuebles ubicados en la ciudad de Chilecito (Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia, los inmuebles ubicados en la ci) Provincia de La Rioja
Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia, los inmuebles ubicados en la ciudad de Chilecito Provincia de La Rioja
- Artículo 1. Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia, los...
- Artículo 2. Los Inmuebles objeto de la presente expropiación serán destinado a la...
- Artículo 3. Las medidas, linderos y superficie definitivos surgirán del Plano de Mensura...
- Artículo 4. Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente ley, serán tomados de...
- Artículo 5. Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese
Otras regulaciones
Se crea el Programa de Financiamiento para inversión en obras de infraestructura básica Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación un (1) inmueble ubicado en la ciudad de Nonogasta Creación de la Comisión Especial ad hoc de Conmemoración del Bicentenario de la creación de la Legislatura Provincial Se establece que la prescripción y dispensación de medicamentos y toda otra prescripción médica podrán ser redactadas y firmadas a través de recetas electrónicas o digitales Ratificación del Decreto F.E.P. Nº 218Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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