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Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación a inmuebles de la provincia de Buenos Aires Artículo 3 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/03/2025

Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación a inmuebles de la provincia de Buenos Aires Nacional
Artículo 3.

Las erogaciones que demande la expropiación serán atendidas con los recursos que destine, a tal efecto, la ley de presupuesto general de la administración pública nacional.

Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente ley, durante el ejercicio financiero de entrada en vigencia de la misma.



Nacional Artículo 3 Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación a inmuebles de la provincia de Buenos Aires, con destino a la Universidad Nacional Arturo Jauretche (UNAJ)
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


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