Declaración de utilidad pública y expropiación de inmuebles que conforman el Barrio Uspallata, ubica Artículo 4 Provincia de Buenos Aires
Declaración de utilidad pública y expropiación de inmuebles que conforman el Barrio Uspallata, ubicados en el Partido de San Isidro Buenos Aires
Artículo 4.
Para el cumplimiento de la finalidad prevista, la Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo las siguientes funciones:
a) La realización de un censo integral de la población afectada, a fin de determinar mediante el procesamiento de datos recogidos, el estado ocupacional y socio-económico de los ocupantes.
b) Gestionar ante el organismo que corresponda, la subdivisión de las parcelas de acuerdo con las ocupaciones existentes, exceptuándose para el caso la aplicación de las Leyes N° 6.253 y N° 6.254 y del Decreto-Ley N° 8.912/77 (Texto Ordenado según Decreto 3.389/87 y sus modificatorias).
c) Transferir los lotes expropiados a los ocupantes que resulten adjudicados.
Provincia de Buenos Aires Artículo 4 Declaración de utilidad pública y expropiación de inmuebles que conforman el Barrio Uspallata, ubicados en el Partido de San Isidro
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
Leer de nuevo
Régimen de Municipios y Comunas Córdoba Artículo 5. Reconocimiento de Comunas Extensión a la licencia ordinaria por la maternidad el subsidio denominado Cuarto Mes de Licencia por Maternidad Córdoba Artículo 6. Monto del subsidio Régimen de jubilaciones y pensiones para el personal dependiente del Estado provincial Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 49. Régimen de Municipios y Comunas Córdoba Artículo 80. Presidente Ley de organización notarial Mendoza Artículo 10.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios