Declaración de interés público provincial a la iniciativa privada presentada por la firma Argentina Artículo 1 Provincia de Río Negro
Declaración de interés público provincial a la iniciativa privada presentada por la firma Argentina Fortescue Future Industries S.A Río Negro
Artículo 1. Objeto
Se declara de interés público provincial a la iniciativa privada presentada por la firma Argentina Fortescue Future Industries S.A. en el marco de la ley A n° 3484, para la realización de todas las obras de infraestructura necesarias para la generación de energía eléctrica de fuente renovable, con destino exclusivo a la producción del denominado hidrógeno verde y sus derivados.
Provincia de Río Negro Artículo 1 Declaración de interés público provincial a la iniciativa privada presentada por la firma Argentina Fortescue Future Industries S.A. para la realización de todas las obras de infraestructura necesarias para la generación de energía eléctrica de fuente ren
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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Adhesión provincial a la Ley Nacional N°27.279 Chubut Artículo 3. Ratificación del acuerdo suscripto entre la Provincia de Río Negro, la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos, Sociales y Vivienda El Bolsón Ltda. e YPF S.A Río Negro Artículo 3. Creación del Programa de Tutores Sociales denominado Estamos a tu lado Santa Fe Artículo 8. Ley de compras y contrataciones Ciudad de Buenos Aires Artículo 140. Estatuto para el personal del Poder Legislativo Santa Fe Artículo 105.Publique la información de sí mismo
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