Declaración de Estado de Emergencia Provincial en materia de consumos problemáticos (Declaración de Estado de Emergencia Provincial en materia de consumos problemáticos) Provincia del Chaco
Declaración de Estado de Emergencia Provincial en materia de consumos problemáticos Provincia del Chaco
- CAPÍTULO DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 1. Declárase el Estado de Emergencia Provincial en materia de consumos...
- Artículo 2. La declaración de emergencia tendrá vigencia por el período de 1 (un) año a...
- Artículo 3. Las acciones concretas que cada organismo del Poder Ejecutivo desarrolle en...
- Artículo 4. Son finalidades de la presente ley las siguientes: a) Atender el...
- CAPÍTULO II DE LA INTERJURISDICCIONALIDAD E INTERSECTORIALIDAD
- Artículo 5. Establécese las acciones concretas que cada organismo del Poder Ejecutivo...
- Artículo 6. El Ministerio de Seguridad y Justicia debe requerir al Poder Judicial que lo...
- Artículo 7. Los fondos de financiamiento, provenientes de lo estipulado en el artículo...
- Artículo 8. El Ministerio de Salud Pública debe fortalecer la red integrada para la...
- Artículo 9. El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología debe implementar,...
- Artículo 10. El Ministerio de Desarrollo Social, de modo conjunto con el Instituto del...
- Artículo 11. El Ministerio de Planificación, Economía e Infraestructura debe priorizar...
- Artículo 12. El Ministerio de Gobierno y Trabajo, debe generar participación permanente...
- Artículo 13. El Ministerio de Gobierno y Trabajo en coordinación con el Ministerio de...
- Artículo 14. La autoridad de aplicación de modo conjunto con el Órgano de Revisión de...
- Artículo 15. La comunicación debe ser masiva y acorde a los lineamientos establecidos por...
- Artículo 16. Toda campaña de difusión, en medios públicos y privados, gráficas o...
- Artículo 17. La autoridad de aplicación de modo coordinado con la Secretaría de Derechos...
- CAPÍTULO III DE LA COMISIÓN
- Artículo 18. Créase la Comisión de Emergencia por Consumos Problemáticos, a los fines del...
- Artículo 19. La Comisión debe conformarse por: a) Un (1) diputado o diputada de cada...
- Artículo 20. El objetivo de la comisión es coordinar estrategias y políticas...
- Artículo 21. La Comisión será presidida, conjuntamente, por el Ministerio de Salud...
- Artículo 22. Las funciones de la Comisión de Emergencia por Consumos Problemáticos son...
- Artículo 23. La Comisión se reunirá con una periodicidad de treinta (30) días o la que se...
- CAPÍTULO IV DISPOSICIONES FINALES
- Artículo 24. La autoridad de aplicación de la presente ley es el Ministerio de Salud...
- Artículo 25. Los organismos privados durante la vigencia de la emergencia, deben...
- Artículo 26. Facúltase al Poder Ejecutivo a recaudar las partidas que resulten necesarias...
- Artículo 27. Invitase a los Municipios a adherir a la presente mediante la respectiva...
- Artículo 28. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los treinta (30)...
- Artículo 29. Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Institución del Día Provincial de la Educación en Contexto de Encierro y de sus Trabajadores Instituye el 8 de octubre de cada año como Día Prov. del Estudiante Solidario Instituye el Premio Provincial de Lucha contra la Violencia Institucional Consenso fiscal entre el Estado Nacional, las Provincias y la CABA Adhesión de la provincia a la Ley Nacional 27.071Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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