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Declaración de Chubut No Eutanásica Artículo 4 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2025

Declaración de Chubut No Eutanásica Chubut
Artículo 4.

Establécese la práctica de la castración quirúrgica gratuita, masiva, temprana, abarcativa, sistemática y extendida, como único método para el control del crecimiento poblacional de perros y gatos, en todo el ámbito del territorio provincial, acercando el servicio a los vecinos, pudiendo utilizarse además de los Centros de Zoonosis existentes, Centros de Salud, Sociedades de Fomento, Escuelas, Centros Vecinales, Móviles Quirúrgicos, etc. Entiéndase por las características mencionadas:

A-Masiva: como en todo programa de prevención se debe abarcar el mayor número de individuos en el menor tiempo posible, es decir que, sobre la base de considerar que hay 1 animal (perro/gato) cada dos personas en ciudades de más de 10.000 habitantes y 1 animal (perro/gato) por persona en localidades de menos de 10.000 habitantes, en el primer año a partir de la sanción de esta Ley se debe esterilizar, como mínimo, el 10% de la población de perros y gatos anualmente, con y sin dueño, siendo política de estado tender a profundizar, en los años siguientes, los porcentajes establecidos precedentemente.

B-Sistemática: las acciones deberán ser sostenidas en el tiempo, ininterrumpidas durante el año y con horarios accesibles para la población.

C-Gratuita: el servicio debe ser de gratuidad completa y sin excepciones, y como condición indispensable de sostenimiento del Programa. Debe ser gratuito para garantizar total e irrestricto acceso de la población.

D-Temprana: el servicio debe apuntar preferentemente a realizarse antes del primer celo primera alzada.

E-Extendida: la campaña debe extenderse sobre la totalidad del área geográfica, acercando el servicio a toda la población. De no contar con Unidades Móviles Quirúrgicas, se deberán realizar campañas acondicionando sociedades de fomento, escuelas, clubes, asociaciones vecinales, delegaciones municipales, entidades religiosas, etc.

F-Abarcativa: la campaña debe incluir caninos y felinos, hembras y machos, adultos y cachorros, mestizos y de raza, de zona urbana y rural, preñadas y en celo.



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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?


Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales


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