Declaración de Área Natural Protegida - Reserva de Uso Múltiple en los términos de la Ley N° 10.479, el inmueble denominado Establecimiento Santa Rosa, ubicado en el Departamento Nogoyá (Declaración de Área Natural Protegida - Reserva de Uso Múltiple) Provincia de Entre Ríos
Declaración de Área Natural Protegida - Reserva de Uso Múltiple en los términos de la Ley N° 10.479, el inmueble denominado Establecimiento Santa Rosa, ubicado en el Departamento Nogoyá Provincia de Entre Ríos
- Artículo 1. Declárase "Área Natural Protegida - Reserva de Uso Múltiple" en...
- Artículo 2. Comuníquese, etcétera
Otras regulaciones
Autorización al Poder Ejecutivo a aceptar la donación formulada por la Municipalidad de Oro Verde Declárese de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles establecidos en la Ordenanza N° 37.597 Ley marco de regulación del empleo público Autorizan al Poder Ejecutivo Provincial a hacer uso del crédito público Declaración de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles afectados por obras de arteMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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