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Declara la necesidad de la Reforma Parcial de la Constitución Artículo 2 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Declara la necesidad de la Reforma Parcial de la Constitución La Rioja
Artículo 2. Objetivos

La Constitución de la Provincia de La Rioja, como auténtica expresión de la voluntad soberana del pueblo, podrá ser reformada en miras del logro de los siguientes objetivos generales:

a) Garantizar a los riojanos y riojanas el goce de los derechos que permitan la completa realización de sus existencias, sin exclusiones ni discriminaciones.

b) Promover acciones de protección y resguardo de la perspectiva de género, en procura de una sociedad más justa y libre.

c) Reorganizar las funciones estatales de modo que fomenten la vocación del verdadero federalismo, libertad y justicia social.

d) Consolidar la democracia basada en la participación popular y la igualdad de oportunidades para todos los riojanos y riojanas.

e) Profundizar la vigencia del principio de alternancia en el ejercicio de las funciones públicas electivas y cargos públicos, así como la periodicidad y responsabilidad de quienes las ejercen en el ámbito Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

f) Promover un estado de solidaridad social y desarrollo sustentable que fomente la asunción del destino común y conjunto de toda la población riojana para el logro del bienestar general.

Provincia de La Rioja Artículo 2 Declara la necesidad de la Reforma Parcial de la Constitución
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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