Creación del Sistema Provincial de Historia Clínica Electrónica Única Artículo 2 Provincia de Córdoba
Creación del Sistema Provincial de Historia Clínica Electrónica Única Córdoba
Artículo 2. Contenido
A los efectos de esta norma se entiende por Historia Clínica Electrónica Única (HCEU) al registro de datos clínicos, sociales, ambientales y administrativos referidos al estado de salud/enfermedad de una persona desde su nacimiento hasta su muerte, procesados y archivados a través de recursos informáticos específicamente diseñados a tal fin.Dicho registro unificado estará contenido en una base de datos específica, administrada mediante programas de computación y refrendada con firma digital del profesional tratante.
Provincia de Córdoba Artículo 2 Creación del Sistema Provincial de Historia Clínica Electrónica Única (HCEU)
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Ley Impositiva: Ejercicio 1999 Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 24. Ley del registro de estado civil y capacidad de las personas San Luis Artículo 48. Creación de las tasas judiciales Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 4. MONTO IMPONIBLE Ley del registro de estado civil y capacidad de las personas San Luis Artículo 16. Ley Impositiva: Ejercicio 1999 Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 31 ter.Publique la información de sí mismo
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