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Creación del Sistema Provincial de Areas Naturales Protegidas de Formosa Artículo 66 Provincia de Formosa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creación del Sistema Provincial de Areas Naturales Protegidas de Formosa Formosa
Artículo 66.

En el caso previsto en el artículo anterior y previa a cualquier acción judicial, la Autoridad de Aplicación buscará resolver la situación de los ocupantes a título precario, de acuerdo a los siguientes criterios:

a. En las Reservas de Uso Múltiple se promoverá la integración económica del ocupante a las actividades productivas o de conservación compatibles con el área protegida, fomentando la creación de cooperativas u otras formas asociativas que fueren pertinentes.

b. En las restantes categorías de manejo de las áreas naturales protegidas, la Autoridad de Aplicación procurará, de ser factible, la reubicación del ocupante en otras tierras fiscales.

c. En caso de no resultar viables las opciones anteriores, se compensará económicamente por las mejoras e intereses legítimos que fueren comprobables y procedentes.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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